Artículo 1.- "Toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no, goza de licencia remunerada de un día laborable en cada año, para someterse a exámenes de Papanicolau y Mamografía.
Artículo 2.- Para gozar del beneficio de esta licencia, la beneficiaria debe acreditar, mediante el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital u otro centro médico sanitario, que los estudios fueron realizados.
Artículo 3.- La fecha de licencia será establecida de común acuerdo entre la beneficiaria y el empleador, la autoridad superior, el departamento de Recursos Humanos, o similar que correspondiere, salvo prescripción médica que indique la necesidad urgente de realizar dichos estudios".
Es importante recalcar que la realización periódica del Papanicolaou es, hasta ahora, es el único método eficaz y validado por la comunidad científica internacional para la prevención del cáncer de útero (o cervical).
Y lo mismo sucede con la mamografía; es la forma más efectiva de detectar a tiempo lesiones malignas.
De más está decir que, si a partir de estos estudios se puede detectar a tiempo una enfermedad, el tratamiento de curación se iniciará más prontamente, minimizándose el impacto que la enfermedad tendrá sobre la salud de la mujer, así como en su vida social, laboral y familiar.
Esc. Susana Ruella.29008440 - 094 572224
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